Las condiciones de trabajo deben constar por escrito cuando no existan los contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.
🤔 ¿Qué significa esto en español simple?
Hacer un contrato por escrito no es un favor que te hace la empresa, es su obligación estricta. El Artículo 24 establece que se deben firmar mínimo dos copias del contrato y **una de ellas te la tienen que entregar a ti de forma obligatoria**. En Guadalajara muchas empresas te hacen firmar pero jamás te dan tu copia para que no sepas qué prestaciones tienes o para poder alterar los documentos después. Si no te dieron tu copia, están incumpliendo la ley y eso les va a pesar muchísimo frente a un juez laboral.
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